Hoy ha salido la nueva Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Es muy interesante todo lo que se comenta en esta ley. Sin embargo, lo más destacable si tu empresa tiene más de 50 trabajadores en plantilla es el artículo 15 sobre «Igualdad y no discriminación LGTBI en las empresas«.

Este artículo dice así:

  1. Las empresas de más de 50 personas trabajadoras deberán contar, en el plazo de 12 meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, con un conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI. Para ello, las medidas serán pactadas a través de la negociación colectiva y acordadas con la representación legal de las personas trabajadoras. El contenido y alcance de esas medidas se desarrollarán reglamentariamente.

  2. A través del Consejo de Participación de las personas LGTBI se recopilarán y difundirán las buenas prácticas realizadas por las empresas en materia de inclusión de colectivos LGBTI y de promoción y garantía de igualdad y no discriminación por razón de las causas contenidas en esta ley.

Por tanto, si queréis cumplir con la legalidad, desde hoy contáis con 1 año para realizar dichas medidas y dicho protocolo de actuación.

¡No lo dejéis pasar!

La igualdad es un derecho fundamental y todos debemos luchar por su cumplimiento.

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